¿Por qué el SAT rechaza las devoluciones del IVA?
El contribuyente cuenta con 5 años contados a partir del momento en que se generó el saldo a favor para solicitar su devolución.
Por: Rodrigo Rosales Rangel, Director de Consultoría Fiscal en GARCIA HIDALGO TAX ADVISOR DE MEXICO SAPI DE CV. (GHTAX).
Comúnmente, los contribuyentes no tienen fiel conocimiento del motivo por la cual se rechazan sus solicitudes de devoluciones del Impuesto al Valor Agregado (IVA), incluso no saben con claridad lo que es una devolución. En términos simples, el procedimiento de solicitud de devolución de saldos a favor de IVA puede verse como una herramienta que facilita los procesos financieros y de flujo al interior de las empresas.
Al respecto, el IVA es un impuesto que se traslada de un contribuyente a otro, y quien termina pagándolo es el consumidor final.
Normalmente los saldos a favor del IVA se generan cuando:
- El contribuyente paga más IVA a sus proveedores en relación al que cobra a sus Clientes.
- El contribuyente realiza actividades por las cuales se aplica la tasa del 0% por las actividades que realiza o bien, realiza “actividades exentas”; situación en la cual, el IVA no acreditable causado únicamente lo pueden mandar al gasto como una partida deducible, pero el efecto se aplica hasta el mes de marzo del ejercicio fiscal inmediato posterior.
Actualmente el SAT, mediante canales online, brinda a los contribuyentes opciones para que puedan obtener en un plazo máximo de 40 días hábiles la devolución de su saldo a favor en su cuenta bancaria.
Los principales factores por los cuales la autoridad rechaza esta solicitud son:
- Se presentó erróneamente la información fiscal en las declaraciones del IVA (a diferencia del Impuesto Sobre la Renta (ISR), el IVA es un impuesto que se declara de manera mensual);
- En la declaración informativa de operaciones con terceros (DIOT) el contribuyente señaló mal el RFC de algún proveedor;
- Al momento de llenar la solicitud correspondiente se omitió adjuntar elementos que soporten de manera fehaciente el origen del saldo a favor.
- No se cuenta con evidencia y soporte documental de las operaciones realizadas
Con base en ello, una de las soluciones que brinda Grupo Asesores en Negocios (por conducto de GHTAX), radica en entregar como parte de la solicitud de devolución inicial el mayor número de elementos de información a la autoridad competente; con lo cual, las posibilidades de éxito incrementan notoriamente.
Es importante señalar que el contribuyente cuenta con 5 años contados a partir del momento en que se generó el saldo a favor para solicitar su devolución.
Los requisitos básicos para que las solicitudes de los contribuyentes no sean rechazadas son:
- El contribuyente cuente con los comprobantes que le hayan emitido de sus proveedores, es decir, los CFDI que dan origen al IVA acreditable.
- Revisar si efectivamente se pagaron las operaciones durante el mes correspondiente.
- Verificar que las declaraciones estén presentadas de forma correcta;
- Se cuenten con el mayor número de elementos documentales que respalden las operaciones.
Finalmente, como dato destacado, el ranking ‘Paying Taxes 2016’, realizado por PwC y el Banco Mundial, México ocupó la posición número 114 en la actividad de devolución de impuestos a nivel global. Este aspecto refiere un lento proceso por parte de la autoridad competente para desarrollar este tipo procedimientos fiscales.